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REGISTRO ELECTORAL ¿PUEDO VOTAR EN OTRO PAIS?

Es deber de todo ciudadano venezolano inscribirse en el Registro Electoral para poder ejercer su derecho al voto, tal como lo establece el articulo 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siempre y cuando hayan cumplido dieciocho años de edad y no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política; así como aquellos extranjeros que cumplan los requisitos establecidos en el articulo 64 de la Constitución. 

Según el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, del 13 de diciembre de 1997, los venezolanos residenciados en el exterior deberán actualizar su inscripción en la sede de la representación diplomática o consular con Jurisdicción en el lugar de su residencia y ejercerán su derecho al voto en esas mismas representaciones.

¿Cómo puede inscribirme o actualizar sus datos en el CNE? 

En los períodos establecidos para tal fin, los cuales se anunciarán a través de la Web, el interesado podrá acudir a la sede de este consulado, sin previa cita, con todos los recaudos, a las 9:00 horas.
Se debe tomar en cuenta que con la intención de poder atender adecuada y eficazmente a los usuarios que demandan los servicios administrativos de este Consulado General, se ha implementado un sistema de atención al público que conlleva a que diariamente se reparten 50 número a las personas que serán atendidas ese día.
Una vez, verificado todos los documentos, se procederá a su Inscripción o Actualización.

¿Cuáles son los requisitos? 

Los requisitos para realizar este trámite son: 

  • Ser mayor de 18 años de edad.
  • Presentar su cédula de identidad laminada (vencida o vigente) en buen estado.
  • El solicitante debe presentar original y copia legible del comprobante de empadronamiento, con menos de 30 días de emisión, y que demuestre su residencia en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular.
  • Original y copia de su Permiso de Residencia en España.
    En caso de poseer doble nacionalidad, deberá anexar copia de dicho pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, a los fines de constatar su residencia legal.

La inscripción en el Registro Electoral está exonerada de pago.

Observaciones

En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se admitirán comprobantes provisionales de identidad.

Aviso importante:

El Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid, España, así como todas las misiones diplomáticas de Venezuela en el exterior, se atienen estrictamente a las regulaciones oficiales emitidas por el CNE y por tanto, sólo tiene autoridad en los procesos organizados por este organismo. Si necesita mayor información sobre las regulaciones de los procesos electorales venezolanos y las últimas informaciones emanadas del máximo organismo electoral, le instamos a visitar la página web del CNE en la dirección: http://www.cne.gob.ve/ 


 
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